RELACIÓN LABORAL CON LOS ENFERMOS DE VIH
Las relaciones con los empleados contagiados por el SIDA, regulan a través del Decreto Reglamentario 1543 de 1997, el cual establece la prohibición para realizar pruebas que determinen la enfermedad como requisito obligatorio, para el acceso o permanencia en cualquier actividad laboral. Por lo anterior, se colige que la legislación colombiana favorece y protege los derechos fundamentales de sus ciudadanos, en este casa, de quienes padecen de la infección y que desean conservar su privacidad.
La estrella de Panama(2017)(Imagen)Recuperado de:https://www.google.com/search?q=enfermo+de+vih&rlz=1C1CHBF_esCO843CO843&source=lnms&tbm=isch&sa=X&ved=0ahUKEwjBvcGxwv7hAhULVN8KHfPuC9MQ_AUIDigB&biw=1350&bih=591#imgrc=dT-oZEmy5udzDM:
LEY 972 DE 2005, Se establecen normas para mejorar la atención por parte del estado colombiano, de la población que padece de enfermedades ruidosas o catastróficas, especialmente el SIDA.
La sentencia de tutela T 434 de 2002, de la corte constitucional, recomendó que todas las personas con SIDA, deben ser protegidas laboralmente mientras tengan la capacidad de cumplir con sus funciones habitualmente, ya que se encuentran en una situación de debilidad manifiesta por ser portadores del virus.
Sentencia T-469/04; Sobre derecho a la salud y vida de persona y familia con SIDA.
Sentencia T-554/10;Trata sobre el derecho a la estabilidad laboral reforzada de una persona en estado de debilidad manifiesta, por razones de salud.
Código sustantivo de trabajo: (Publicación autorizada; Ley 23 de 1982 articulo 41) edición autorizada 2011. Articulo 239 prohibición de despedir, protección a trabajadores con VIH.
Sentencia T-273/05, sobre el reintegro a enfermo de SIDA.
Medina Diaz(2014)Mecanismos de participación para los trabajadores con sida en Colombia, Pereira, Recuperado de: http://repositorio.unilibrepereira.edu.co:8080/pereira/handle/123456789/656
Realizado por: Leidy Johana Suarez Ojeda
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