AHORA LOS INVITAMOS A DAR UN VISTAZO A LAS NOTICIAS!!!!
DESPIDO POR ENFERMEDAD?
En los asuntos laborales surge la duda si una persona puede ser despedida por causa de una enfermedad, la respuesta es SI, siempre y cuando se respete lo que establece EL CÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO en su articulo 63, pero tal despido solo podrá efectuarse hasta el vencimiento de los 180 días.
ME PUEDEN DESPEDIR POR CUALQUIER ENFERMEDAD?
No, el despido por enfermedad debe ser por una enfermedad de origen común, es decir, aquella que no tiene su origen en la actividad laboral del trabajador. Esta debe ser: Crónica, contagiosa o debe imposibilitar el desarrollo del trabajo para el cual esta contratado. Ademas para la terminación del contrato el empleador deberá dar aviso al trabajador con 15 días de anticipación.
AHORA LOS INVITAMOS A VER UN VIDEO!!!!!!! REFERENCIAS https://www.youtube.com/watch?v=4iQk88CQDmk Presentado por: Monica Caycedo Calderón |
No hay comentarios:
Publicar un comentario