domingo, 24 de marzo de 2019

Aplicacion de justa causa y sus enfermedades

Derecho de autor : Santosh Chavan

COMO SE APLICA LA JUSTA CAUSA DE TERMINACIÓN DE CONTRATO?

Las incapacidades médicas tienen dos orígenes: 
común y laboral.
En una incapacidad por origen común el empleador podrá terminar con justa causa el contrato laboral si esta supera los 180 días, situación que no se presenta cuando se trata de una enfermedad laboral.

“El despido por esta causa no podrá efectuarse sino al vencimiento de dicho lapso y no exime al empleador de las prestaciones e indemnizaciones legales y convencionales derivadas de la enfermedad”




médicos consultados por el periódico EL TIEMPO COLOMBIA se refirieron, a la vez, a las enfermedades que pueden ser crónicas o contagiosas como tuberculosis, leucemia y a la insuficiencia renal crónica como afecciones que no tienen el carácter de profesional.
Bajo el mismo renglón, dijeron, figuran el cáncer en ciertas condiciones y las venéreas crónicas (sífilis, la blenorragia gonorrea, entre otros). Precisaron, sin embargo, que en el país no existe una tabla oficial específica sobre las patologías no profesionales.


derechos de autor: navarra.es

CASO REAL DE PACIENTE CON ENFERMEDAD CRÓNICA 



  https://www.youtube.com/watch?v=94g0vgo0kXg




Si llegado un caso hay un despido común el cual el proceso de recuperación no lleve más de 180 días, compromete a que el empleado tenga derecho a una indemnización el cual comprende el lucro cesante y daño emergente por despido laboral injustificado y en conclusión de término del artículo 64 del código sustantivo del trabajo de Colombia.


Realizado por: Deicy herrera fonseca










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